El alto tribunal establece que solo podrán adquirir plaza fija quienes hayan superado previamente un proceso selectivo en la administración pública.
Por Redacción | RADIO LAS PALMAS | NA
El Tribunal Supremo ha fijado un nuevo criterio sobre el abuso de temporalidad en las administraciones públicas españolas al determinar que únicamente podrán adquirir la condición de trabajadores fijos aquellos interinos que hayan superado previamente una prueba selectiva para acceder a un empleo público, aunque no obtuvieran plaza en ese proceso.
La resolución, dictada por el Pleno de la Sala de lo Social, supone un duro revés para miles de empleados públicos temporales que aspiraban a consolidar su situación laboral tras años encadenando contratos en distintas administraciones. El Supremo sostiene que convertir automáticamente en fijos a trabajadores que nunca superaron un procedimiento selectivo «vulneraría la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público».
El fallo también remarca que el acceso al empleo público debe seguir respetando los principios de «igualdad, mérito y capacidad», al considerar que una regularización automática impediría el acceso del resto de ciudadanos a esas plazas públicas.
Indemnizaciones y sanciones por abuso de temporalidad
El Supremo sí reconoce que las administraciones deben afrontar consecuencias cuando se produce abuso de temporalidad. La sentencia contempla indemnizaciones económicas para los trabajadores afectados y plantea la intervención de la Inspección de Trabajo para iniciar procedimientos sancionadores.
Según el Alto Tribunal, los empleados tendrán derecho a una indemnización extintiva y otra compensatoria por los daños ocasionados, tanto materiales como morales. En este último caso, fija una cuantía mínima inspirada en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, con importes que podrían oscilar entre los 1.000 y los 10.000 euros dependiendo de cada situación.
La Sala argumenta además que «la elevada y persistente tasa de temporalidad evidencia que en muchas administraciones públicas hay una cultura de la temporalidad» y reclama una actuación del legislador para introducir medidas realmente disuasorias frente a estos abusos.
La justicia europea mantiene la presión sobre España
La decisión del Supremo se produce después de varios pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que en los últimos años ha advertido a España de que su legislación no sanciona de forma efectiva el uso abusivo de contratos temporales en el sector público.
El fallo conocido este martes sigue la línea marcada por el llamado caso Obadal y reconoce como fija a una trabajadora que sí había superado un proceso selectivo antes de sufrir abuso de temporalidad.
No obstante, la sentencia incluye un voto particular del magistrado Rafael Antonio López Parada, quien discrepa parcialmente del criterio de la Sala. El juez sostiene que el Estatuto Básico del Empleado Público permite seleccionar personal laboral fijo mediante concursos de méritos sin necesidad de oposición, por lo que considera que los principios de igualdad, mérito y capacidad pueden cumplirse también sin examen.
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